Juez de Tutela da vía libre al Municipio de Rionegro para la restitución del inmueble ocupado por la sociedad Talento Dorado S.A.
El Juzgado Primero Civil del Circuito de Rionegro, en sentencia de segunda instancia del día 31 de octubre de 2023 radicado 05 615 40 03 002 2023 00769 02, fue contundente al manifestar que “el contrato de arrendamiento referido en el escrito de tutela por TALENTO DORADO S.A. perdió su vigencia en febrero del presente año; por lo tanto, a partir de dicha fecha la accionante NO se encuentra amparada en una relación contractual para permanecer en el inmueble, situación que admite calificar su ocupación de ilegal y consiguientemente activar la vía policiva para procurar la recuperación del bien”.
Igualmente manifestó el juez de tutela, que “Percibe este estrado judicial un posible interés por parte de TALENTO DORADO S.A. en aprovecharse de su propio incumplimiento contractual y negligencia; así, acorde con el contrato de arrendamiento traído al plenario, dicha empresa tenía la obligación de entregar el inmueble objeto del acuerdo de voluntades a la terminación del contrato según la cláusula séptima en su numeral sexto del contrato celebrado, compromiso contractual que no honró. Ante situaciones como esta, ha de considerarse que la Corte Constitucional ha desdeñado toda posibilidad de beneficiarse vía Acción de Tutela de la propia negligencia, bajo la inveterada aplicación del principio “nemo auditur propiam turpitudinem allegans”.
Finaliza el juez de tutela manifestando que: “el principio de buena fe recomienda en casos como el presente que los compromisos contractuales sean honrados; por eso hiere el uso de la más cara de las herramientas del ordenamiento patrio, para procurar el amparo y protección conductas contrarias a esa buena fe”.
De cara a lo expuesto en el fallo de Tutela referido, el Municipio de Rionegro, en aras de garantizar que la ciudadanía tenga acceso al uso y disfrute de la propiedad estatal y desarrollar proyectos en beneficio de la comunidad en general, realizará con todas las garantías jurídicas y humanas pertinentes la diligencia de restitución del inmueble conocido como Finca La Morelia, de la cual hace uso de manera irregular la sociedad TALENTO DORADO S.A., no sin antes invitar a que la citada sociedad, tal y como se le ha solicitado en reiteradas ocasiones, realice la entrega del bien inmueble de manera voluntaria.
